ES CONSTITUCIONAL EL PRECEPTO QUE ESTABLECE LA SUSPENSIÓN DE LA PATRIA POTESTAD CUANDO EL QUE LA EJERZA NO PERMITA QUE SE LLEVEN A CABO LAS CONVIVENCIAS.
Fecha:
11/08/2022
Escrito por:
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Es válido el precepto que establece la suspensión de la patria potestad cuando el que la ejerza no permita que se lleven a cabo las convivencias decretadas por autoridad competente o en convenio aprobado judicialmente.