Artículos jurídicos

  • 16.01.2024 DETERMINA LA CORTE QUE ES PROCEDENTE EL RECURSO DE INCONFORMIDAD CONTRA EL ACUERDO QUE DECLARA CUMPLIDA UNA RESOLUCIÓN SOBRE INCUMPLIMIENTO DE UNA DECLARATORIA GENERAL DE INCONSTITUCIONALIDAD.
    Resolvió la Suprema Corte que, a través del recurso de inconformidad, puede impugnarse el acuerdo que declara cumplida una resolución sobre incumplimiento de la declaratoria general de inconstitucionalidad.
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  • 09.01.2024 DETERMINA LA CORTE QUE PARA CONCEDER LA MEDIDA CAUTELAR DE LA SUSPENSIÓN EN AMPARO DIRECTO, NO SE NECESITA ANALIZAR LA APARIENCIA DEL BUEN DERECHO ALEGADO.
    Al analizar la contradicción de criterios 89/2023, la Suprema Corte resolvió que el análisis de la apariencia del buen derecho, no tiene cabida en la suspensión que se dicta en el amparo directo, porque la ley no lo autoriza de manera expresa.
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  • 12.12.2023 JUDGES CAN'T EXPAND NARROW EXCEPTION TO ABORTION BAN 'UNDER THE GUISE OF INTERPRETING IT,' TEXAS SUPREME COURT SAYS.
    “Judges do not have the authority to expand the statutory exception to reach abortions that do not fall within its text under the guise of interpreting it,” the Texas Supreme Court said. 
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  • 31.10.2023 LA FACULTAD DEL MINISTERIO PÚBLICO PARA RECLASIFICAR EL DELITO DURANTE LA ETAPA DE JUICIO ORAL PENAL NO GENERA INCERTIDUMBRE NI IMPOSIBILITA EL EJERCICIO DE LA DEFENSA.
    Primera Sala de la Suprema Corte resolvió que la facultad del MP para reclasificar el delito durante la etapa de juicio oral penal no genera incertidumbre ni imposibilita el ejercicio del derecho a la defensa de la persona imputada, por lo que es constitucional.
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  • 23.10.2023 LAS HIPÓTESIS DEL DELITO CONTRA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA POR RETARDARLA O ENTORPECERLA MALICIOSAMENTE, O BIEN, POR EJECUTAR ACTOS O INCURRIR EN OMISIONES QUE PRODUZCAN UN DAÑO O CONCEDAN A ALGUIEN UNA VENTAJA INDEBIDOS, SON CONSTITUCIONALES.
    La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación tras revisar una sentencia de amparo indirecto, determinó que las hipótesis del delito contra la administración de justicia por retardarla o entorpecerla maliciosamente, o por ejecutar actos o incurrir en omisiones que produzcan un daño o concedan una ventaja indebidos, son constitucionales.
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  • 20.10.2023 LA PRIMERA SALA RECONOCE LA CONSTITUCIONALIDAD DE LA PENA DE DOS A NUEVE AÑOS DE PRISIÓN ESTABLECIDA EN EL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE MÉXICO PARA CASTIGAR EL DELITO DE ABUSO DE AUTORIDAD.
    La pena de dos a nueve años de prisión establecida en el Código Penal del Estado de México, para castigar el delito de abuso de autoridad, es constitucional, la sanción es proporcional en relación con las penas previstas para sancionar otras conductas que buscan proteger el mismo bien jurídico, que es el correcto funcionamiento de la administración pública.
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